Simulador de Impacto Fiscal en la Venta de Fondos Indexados

Por · Actualizado en julio 2026

Calcula cuánto pagarás en impuestos al vender fondos indexados en España en 2026. Los tramos aplicados son los vigentes en la base imponible del ahorro del IRPF. Selecciona tu régimen fiscal (territorio común, País Vasco o Navarra) y el simulador aplica correctamente los tramos progresivos, muestra el desglose por tramos, el tipo efectivo y la ganancia neta tras impuestos.

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🚀 Escenarios típicos
Ganancia patrimonial
antes de impuestos
Impuesto a pagar
IRPF base del ahorro
Ganancia neta
después de impuestos
Tipo efectivo
% real sobre ganancia
Rentabilidad bruta
antes de impuestos
Rentabilidad neta
después de impuestos
📋 Desglose por tramos aplicados
Tramo
Base
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Impuesto
Ver cuánto pagarías con distintas ganancias
Ganancia Impuesto Tipo efectivo Ganancia neta
💡 La ventaja española del traspaso entre fondos
Nota: este simulador aplica los tramos vigentes de la base imponible del ahorro para 2026 (Ley de Presupuestos y normativa foral). Es una calculadora educativa; no sustituye el asesoramiento fiscal profesional en casos complejos (herencias, compensación con pérdidas previas, etc.).

Cómo tributan los fondos indexados en España

Cuando vendes participaciones de un fondo indexado en España, la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición constituye una ganancia patrimonial que tributa en la base imponible del ahorro del IRPF. No paga en el momento de la venta al tipo marginal general (que llega al 45 % o incluso 47 % en algunas CCAA), sino en unos tramos específicos más bajos, con un tipo máximo del 28 % en 2026.

Los tramos vigentes para 2026 en territorio común son:

Estos tramos son progresivos. Con una ganancia de 20.000 €, no pagas el 21 % sobre todo el importe: pagas 19 % sobre los primeros 6.000 € (1.140 €) y 21 % sobre los 14.000 € restantes (2.940 €), total 4.080 €. El tipo efectivo real es del 20,4 %.

¿La fiscalidad varía por CCAA? El matiz importante

Una confusión frecuente: los tramos anteriores NO varían por CCAA en territorio común. La base imponible del ahorro es competencia exclusiva del Estado; a diferencia de la base general (donde sueldos y otras rentas se ven afectados por las tarifas autonómicas), aquí Madrid, Cataluña, Andalucía, Galicia y todas las demás aplican los mismos tramos.

Las únicas excepciones son los territorios con régimen foral: las Diputaciones Forales del País Vasco (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa) y la Comunidad Foral de Navarra. Estos gestionan su propio IRPF y aplican tramos distintos. El simulador incluye las tres opciones (Territorio común / País Vasco / Navarra) para reflejar correctamente esta diferencia.

La ventaja fiscal española del traspaso entre fondos

El régimen fiscal español establece una peculiaridad muy favorable para el inversor en fondos: el traspaso entre fondos no genera hecho imponible. Puedes cambiar el dinero de un fondo global a un fondo emergente, o de un indexado al S&P 500 a uno del MSCI World, sin que se considere una venta a efectos fiscales. No pagas impuestos hasta que finalmente reembolses el dinero a tu cuenta bancaria.

Esto es una ventaja única en Europa. Los ETFs no la tienen (venderlos siempre tributa), y en otros países como Alemania o Francia los fondos tampoco tienen este diferimiento tan generoso. Aprovecharla significa que puedes rebalancear la cartera, cambiar de gestora o migrar hacia fondos con menores comisiones sin coste fiscal, dejando que el interés compuesto trabaje sobre el 100 % del capital durante décadas.

El método FIFO: cuando vendes solo una parte

Si vendes solo una parte de tus participaciones, España aplica obligatoriamente el método FIFO (First In, First Out): se consideran vendidas las participaciones más antiguas. Esto es relevante para el cálculo de la ganancia porque el precio de adquisición de una participación comprada hace 10 años suele ser mucho menor que el de una comprada hace 2 años, y la ganancia unitaria será mayor.

Consecuencia práctica: al vender parcialmente, la ganancia patrimonial tiende a ser proporcionalmente mayor que la esperada intuitivamente. El simulador asume la venta completa; si vendes solo un tramo, calcula la ganancia proporcional teniendo en cuenta que se venden primero las participaciones más antiguas.

Compensar pérdidas: la estrategia de tax loss harvesting

Las pérdidas patrimoniales del ahorro pueden compensar las ganancias del ahorro sin límite en el mismo ejercicio, y hasta un 25 % de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses). Las pérdidas no compensadas pueden arrastrarse a los 4 ejercicios siguientes.

Esta regla abre la estrategia del tax loss harvesting: al final del año, si tienes posiciones con pérdidas latentes que no encajan con tu plan a largo plazo, venderlas para materializar la pérdida fiscal puede compensar ganancias de otras ventas, reduciendo la factura del IRPF. Ojo: en España, si recompras el mismo fondo (o uno con la misma política de inversión) dentro de los 2 meses siguientes, la pérdida no es fiscalmente reconocible.

Cuándo conviene vender fondos y cuándo traspasar

La decisión depende del objetivo del dinero:

Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad de fondos indexados

¿Cuánto se paga al vender fondos indexados en España en 2026?

Las ganancias por venta de fondos indexados tributan en la base imponible del ahorro del IRPF con tramos progresivos: 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 € a 50.000 €, 23 % de 50.000 € a 200.000 €, 27 % de 200.000 € a 300.000 €, y 28 % desde 300.000 €. Estos tramos aplican en todo el territorio común. País Vasco y Navarra tienen tramos propios ligeramente distintos por su régimen foral.

¿Los impuestos por venta de fondos varían según la CCAA de residencia?

En territorio común no varían: la base imponible del ahorro es estatal, no cedida a las Comunidades Autónomas. Un contribuyente de Madrid, Cataluña, Andalucía o cualquier otra CCAA de régimen común paga exactamente los mismos tramos. La excepción son las Diputaciones Forales del País Vasco (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa) y la Comunidad Foral de Navarra, que gestionan su propio sistema fiscal y aplican tramos distintos.

¿Qué es el traspaso entre fondos y qué ventaja fiscal tiene?

El traspaso es una operación mediante la cual el partícipe cambia el dinero de un fondo de inversión a otro sin realizar la venta ni pasar por la cuenta bancaria. En España, el traspaso entre fondos NO genera hecho imponible: no hay que declarar la ganancia ni pagar impuestos hasta que finalmente se realice el reembolso definitivo. Esta es una ventaja fiscal exclusiva del régimen español y permite diferir la tributación indefinidamente, potenciando el interés compuesto sobre el 100 % del capital.

¿Qué método de valoración se usa para calcular la ganancia?

En España se aplica obligatoriamente el método FIFO (First In, First Out): las participaciones vendidas se consideran las primeras que se compraron. Esto significa que si compraste participaciones en 2015 y en 2023, al vender parcialmente se venden primero las de 2015, con su precio de adquisición histórico. Este método no se puede cambiar y afecta al cálculo de la ganancia patrimonial.

¿Puedo compensar pérdidas con ganancias en fondos indexados?

Sí. Las pérdidas patrimoniales del ahorro pueden compensar ganancias patrimoniales del ahorro sin límite en el mismo ejercicio. Además, si tras compensar quedan pérdidas, pueden compensar hasta un 25 % de los rendimientos del capital mobiliario del ahorro (dividendos, intereses). Las pérdidas no compensadas se arrastran a los 4 ejercicios siguientes. Esto abre estrategias de tax loss harvesting: vender posiciones con pérdidas para reducir la factura fiscal de otras ganancias.

¿Cuándo conviene vender fondos y cuándo traspasar?

Si el objetivo es reasignar la cartera (cambiar de fondo global a fondo emergente, por ejemplo), traspasar siempre es mejor que vender: cero impuestos y el 100 % del capital sigue componiéndose. Si el objetivo es consumir el dinero (comprar casa, sabático, retiro FIRE), la venta es inevitable. En ese caso, planificar cuánto vender cada año para no saltar al tramo del 23 % o 27 % puede ahorrar miles de euros. La calculadora te muestra exactamente en qué tramo caes con cada importe.

¿La calculadora considera la retención del 19 % que aplica el banco?

La calculadora muestra el impuesto real definitivo según los tramos progresivos. La retención del 19 % que aplica el banco/broker en el momento de la venta es solo un pago a cuenta: si el tramo definitivo es superior (21 %, 23 % o más), el resto se paga en la declaración de la renta del año siguiente; si es inferior, se devuelve. La cifra que muestra este simulador es el impuesto final que asumirás, no la retención inicial.

Sabes cuánto pagarás. ¿Sabes cuánto tendrás en 20 años?

La verdadera potencia del inversor pasivo no está en optimizar la fiscalidad de una venta puntual, sino en dejar trabajar al interés compuesto durante décadas. Simula tu propia proyección.

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